ALIANZAS ESTRATÉGICAS

Construimos oportunidades que trascienden fronteras.

En la Universidad San Pablo de Guatemala creemos en la colaboración como un motor para ampliar oportunidades y generar experiencias académicas de mayor valor para nuestra comunidad. A través de alianzas estratégicas con instituciones educativas, organizaciones y entidades nacionales e internacionales, fortalecemos la calidad académica, promovemos la innovación y facilitamos el acceso a programas, certificaciones y experiencias con proyección global.

Cada una de estas alianzas representa un compromiso con la excelencia, el intercambio de conocimiento y el desarrollo integral de nuestros estudiantes, docentes y profesionales, permitiendo construir conexiones que trascienden fronteras y aportan al crecimiento académico y profesional.

Alianzas Estratégicas

Conectamos con organizaciones que amplían oportunidades

Nuestras alianzas fortalecen la formación académica, la investigación, la innovación y el desarrollo profesional de nuestra comunidad universitaria.

Más que convenios, construimos relaciones que generan impacto.

AUTORIZACIÓN INSTITUCIONAL

Consejo de Enseñanza Privada Superior (CEPS)

La Universidad San Pablo de Guatemala fue autorizada por el Consejo de Enseñanza Privada Superior (CEPS) el 23 de marzo de 2006, autorización publicada oficialmente en el Diario de Centro América el 27 de junio del mismo año, consolidando así su reconocimiento como institución de educación superior en Guatemala.

Misión del CEPS

Velar porque las universidades privadas mantengan altos estándares académicos, respetando plenamente su autonomía e independencia institucional.

  • 1
    Autorizar la creación de nuevas universidades privadas.
  • 2
    Acordar la aplicación de sanciones conforme a lo establecido por la legislación vigente.
  • 3
    Desde abril de 1998 cuenta con una sede administrativa permanente donde se realizan las sesiones del Consejo.

Antecedentes

El Consejo de Enseñanza Privada Superior fue creado el 27 de enero de 1966 mediante el Decreto-Ley No. 421, publicado oficialmente el 29 de enero del mismo año. Su creación respondió a la necesidad de regular y supervisar el funcionamiento de las universidades privadas del país, garantizando la calidad de la educación superior.

Originalmente estuvo integrado por representantes del Ministerio de Educación, la Universidad de San Carlos de Guatemala, las universidades privadas y los colegios profesionales, desempeñando sus funciones de manera honorífica.

La legislación establece que el Consejo debe reunirse de forma ordinaria al menos dos veces al año y extraordinariamente cuando las circunstancias lo requieran.

Funciones del Consejo

  • 1
    Emitir informes técnicos sobre los estatutos de nuevas universidades privadas.
  • 2
    Supervisar el cumplimiento de la legislación vigente sin limitar la libertad académica de las instituciones.
  • 3
    Solicitar al Organismo Ejecutivo la aplicación de sanciones cuando la ley lo establezca.
  • 4
    Aprobar o improbar la organización de nuevas universidades, previo dictamen de la Universidad de San Carlos de Guatemala.

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